ORDENES DEL GOBIERNO.
Santiago 30 de Julio de 1812.
QUANDO todas las clases del estado secular se apresuren á señalar su patriotismo con el emblema Chileno, solo se ha notado una frialdad rebaxante en algunos empleados y funcionarios subalternos, que viendo el pan de la patria, deben cifrar toda su gloria en la Escarapela de ella ; y à efecto de que entiendan sus deberes con la puntualidad que merece la dignidad del Gobierno en la observancia de sus resoluciones ; los Xefes de los Tribunales, Oficinas y Corporaciones no abonarán sueldo al que en qualquiera clase de sombrero que se use no traiga ésta apreciable distincion. Tomese razon, y encarguese à la plaza, que la dé puntual de los empleados y funcionarios que no usen en adelante la Escarapela tricolor.
Portales.=Prado.=Carrera.=Vial, Scretario.=
Santiago y Julio 30 de 1812.
EN ninguna clase del estado deben sufocarse los sentimientos generosos : no hay una sola, que no la conpongan ciudadanos enlazados por los vinculos del contrato mas sagrado de la asociacion ; por consiguiente deben tracender á todas las resoluciones del estado en general, y señalarse con la divisa del mismo ; por tanto y cooperando à los deseos, que han manifestado muchos individuos del estado eclesiastico secular, y regular de remarcar su patriotismo con la Escarapela tricolor, será libre en adelante llevarla al que quiera distinguirse con el emblema de la patria. Comuniquese al Venerable Dean, y Cavildo para que lo circule à los Prelados religiosos, y publicado por bando, fixese.
Portales.=Prado.=Carrera.=Vial, Scretario.=
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