N° 2. Jueves, 20 de febrero, de 1812.

Jueves 20 de febrero de 1812, páginas 3 y 4.

Constitución, educación militar y aportes económicos

Desde lo humano a lo profano, eran los temas que se trataban en las sesiones de las cortes de Cadiz, en esta ocasión se comenta sobre la creación de una constitución; la factibilidad de incluir a los "plebeyos" a la escuela militar y por último, la posibilidad de que a los hospitales militares se les otorgara una renta similar a la de las comunidades religiosas. Resulta bastante interesante leer los argumentos que esgrime la iglesia para negar el aporte.

 Cadiz, 3 de Agosto

SESION DE LAS CORTES EL DIA 2 DE AGOSTO.

Dn. Jose Valle, miembro de la Junta de Cataluña presentò el plan de una constitucion, que fuè transmitida à la comision establecida al asunto.

  El Abogado Dn. Jose Camino hizo presente la necesidad de admitir sin distincion nobles, y plebeyos à las escuelas militares, y abolir la costumbre perniciosa, que habia prebalecido hasta ahora, en conseqüencia de la qual solo los de alto nacimiento gozaban de este pribilegio; que dando asi sin uso los talentos, y excelentes dispociciones de muchos jovenes, que por falta de este pribilegio estaban pribados de adelantar, y hacerse utiles à su pais.  Con referencia à este objeto se ha leydo una relacion juiciosa de la comision de guerra, fundada en dos principios; que todos los hombres en el órden de la naturaleza son iguales, y que es mas digno de respeto el que por si mismo se hace util à la sociedad por sus conocimientos, y virtudes.  De aqui se ha deducido, que la nobleza hereditaria no debe ser preferida al merito, y à la aplicacion, &c.  La comision pues propuso los siguientes puntos para la sancion de las Cortes.  1º Que las personas decentes sean admitidas en lo subcesivo à los colegios militares, aun que no sean nobles.  2º Que lo mismo deba tener lugar en la Marina, y otros cuerpos, derogando toda las ordenes anteriores, opuestas à esta medida.  El 5 se señalò para la discusion de esta proposicion.

  Los comisionados de rentas, y materias ecleciasticas hicieron presente la necesidad que existia para aplicar à los hospitales militares las sumas destinadas à las comunidades religiosas, prebendas, y otros usos piadosos.  Con esta mira manifestaron un plan de sus productos ; y para prevenir algunos escrupulos religiosos propusieron que el Cardenal de Borbon, y aquellas personas, que èl tubiese à bien nombrar, deliberen en esta materia.

  El Padre Lopez ,,Yo me opongo à esta medida ; la iglesia solo puede hacer esto: el congreso no tiene derecho par disponer de este caudal, ni el pueblo, ni el rey : y como somos representantes del pueblo, lo que èl no puede hacer, menos podemos nosotros-(general murmullo.)  Yo deseo ser atendido ; nosotros no nos hemos juntado para areglar materias eclesiasticas ; esto pertenece à otra autoridad, à saber la espiritual : mientras vamos â atacar â la iglesia, es imposible salbarnos.  Miremos à la Francia en el tiempo, que se mesclò con el clero, y ....(murmullo de desaprobacion.)  Yo digo que si nosotros hacemos estas cosas, estaremos sujetos à excomunion.,, (continuó el murmullo.)  El vice-presidente le dixo con mucha afabilidad la circunspeccion que debia observar en el congreso; pero el P. Lopes renovó su harenga con gran ferbor.,,)  Si Señor, lo que yo digo està en los libros, y en el Evangelio.

  El Señor Torrero le interrumpió preguntando  ¿si en el Evangelio se hablaba à cerca de testamentos, y ultimas voluntades?  ,,Yo sè lo que digo,, continuò el orador, y aqui hai algunos que me entiendan.  Nos debemos acordar, que nuestros reyes en otros tiempos actuaron mui cautamente en estas materias; la cabeza visible de la iglesia puebe solamente entender en estas materias: estemos entendidos que entodos tiempos aquellos, que hàn puesto manos violentas en las propiedades de la iglesia han sido castigados por ello.,, (El murmullo de desaprobacion crecio tanto que no pudimos oir la conclusion de este largo discurso.)

  El Sr. Obispo de Calahorra sostuvo el plan como justo, y necesario baxo las presentes circunstancias; el fuè designado para el alibio de la clase mas meritoria de la nacion, à sàber, los defensores de la patria, quienes por serbirla están padeciendo en un hospital.

  Despues de algunas otras discusiones se puso à votacion, y fuè aprobada con dos correcciones, sugeridas por los S.S. Arguelles, y Villanueva.